“Una factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor.» (Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información)
«Las facturas podrán expedirse por cualquier medio, en papel o en formato electrónico, que permita garantizar al obligado a su expedición la autenticidad de su origen, la integridad de su contenido y su legibilidad.” (Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por Real Decreto 1619/2012)
Nuestras facturas electrónicas tienen la misma validez legal que las facturas en formato papel ya que incorporan medios que garantizan la autenticidad de su origen y la integridad de los documentos así remitidos.
Las facturas en formato electrónico sustituyen la documentación en papel y permiten ahorrar el espacio de almacenamiento, mejoran la disponibilidad de la información y la seguridad, pudiendo ser consultada en cualquier momento y desde cualquier ubicación, evitando además, el consumo de papel y los recursos de impresión de forma innecesaria.
Si es usted titular del contrato, puede solicitarla de forma telefónica o por correo electrónico, en su oficina comercial. Si usted ya es usuario de nuestra oficina virtual, recibirá el aviso por correo electrónico de la disponibilidad de su factura. En caso de disconformidad, deberá comunicar a su oficina su deseo de seguir recibiendo su factura en papel. En cualquier momento, si usted desea volver a recibir las facturas en papel, sólo tiene que ponerse en contacto con su oficina.
Consulte nuestro Folleto de Factura Electrónica para más información.